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miércoles, 6 de agosto de 2025

¡Tenemos Nuevo Código Penal! Un análisis crítico a este.



Por: Dayanara Rivera 

Recientemente, se ha promulgado en la República Dominicana un nuevo código penal, que ha generado tanta controversia a nivel nacional hasta el punto de preguntarnos si será Pan y Circo, por lo que queremos dejar plasmado nuestro pensar al respecto.


Ante todo, cabe recalcar de que estoy consciente de que nuestro código penal está bastante desfasado debido a la gran cantidad de delitos nuevos que existen y que el mismo, tenía una legislación vigente desde el 1884. No obstante, queremos visualizar algo con lupa; según los tabloides y medios oficiales, busca endurecer las penas, combatir la criminalidad y tipificar nuevos delitos como el feminicidio, el ciberbulling (yo pondría ciberseguridad), sicariato, violencia económica y corrupción administrativa. Sin embargo, tras una revisión más profunda, surgen importantes lagunas y cuestiones que merecen ser analizadas con detenimiento.


Uno de los aspectos más destacados es la definición de feminicidio. Mundialmente se conoce el Concepto como “el acto de un hombre matar una mujer por el simple hecho de ser mujer”, digamos que internacionalmente se ha establecido este delito como aquel cometido por motivos de género, en un contexto en el que la víctima es una mujer por el hecho de ser mujer. Sin embargo, en la práctica, en nuestro país, el feminicidio muchas veces se confunde con crímenes pasionales o homicidios de parejas, que responden a motivos relacionados con celos, rivalidades o conflictos personales, sin necesariamente tener una motivación de género estructural. La diferencia radica en que, en algunos casos, el feminicidio puede estar relacionado con patologías mentales o incluso ser cometido por asesinos en serie con fijaciones específicas por matar mujeres. La legislación debería ser clara en distinguir estos casos, para evitar que se criminalice de manera indiscriminada y que las penas sean aplicadas sin un análisis técnico adecuado.



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